El Tribunal Supremo ha condenado a cuatro años de prisión tiene un acusado de herer tiene un agente durante los disturbios ocurridos en Madrid tras una Concentración en protesta por la sentencia del «juicio» este martes 16 de octubre de 2019.
Los Magistrados han rebajado levemente la condena de cuatro años y medio que impuso la Audiencia Provincial de Madrid a Daniel G. H.que estuvo poco más de un año en prisión provisional, por un delito de ataque a agentes de la autoridad en concurso ideal con otro de lesiones y otro de desórdenes públicos.
La razón es que el Supremo ha considerado que tanto él como otra acusada, sobre quien ha recaído una condena de seis meses de prisiondebieron ser condensados por el tipo básico de desorden publico y sin agravación.
No obstante, el alto tribunal mantiene la condena al acusado por atentado a agentes de la autoridad y lesiones acreditadas en la sentencia de la Audiencia Provincial, que fue confirmada en lo esencial por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Por estos hechos también fue condenado a tercer acusado, Mariano Javier HJ, al precio de 900 euros de multa por resistencia a los agentes de la autoridad, cuyo caso no ha revisado el Supremo al no haber recurrido.
Los tres negaron en el juicio que agredieron a los policias Durante los disturbios que se producirán tras la concentración contra las impuestas a los líderes independentistas catalanes para el «juicio», la Audiencia consideró probado que Daniel GH «golpeó por la espalda súbitamente y de manera violenta» con un palo de madera con «seis clavos que lo atravesaban» tiene un agente en la cabeza.
Para el Supremo, que la lesión originada «haya sido leve, no evita la agravación», dado que conllevó «la suficiente peligrosidad» para originar «grave quebranto para la salud».
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Los magistrados consideran que «afirmar que carecía de peligrosidad porque la parte golpeada era la cabeza y se portaba un casco de protección especial (pese a lo cual los clavos marcaron el casco, aunque sin llegar a horadarlo), sería lo mismo que aseverar que disparar a un agente qu’portaba chaleco antibalas, no conlleva peligrosidad porque se disparó al pecho».
Y en relación con el delito de desórdenes públicos, subrayan que se dan todos los elementos para una condena por el mismo: actuación en grupo, con violencia, tanto ante las cosas como ante las personas, «con impedimento del disfrute ordinario del espacio público ( barricadas, además de los actos de violencia)”.


