Los proyectos de infraestructura suelen plantear debates complejos cuando afectan a comunidades indígenas, especialmente en asuntos vinculados al territorio, la consulta previa y la protección de derechos colectivos. En América Latina, uno de los casos que generó especial atención fue el de las comunidades Ngöbe Buglé en Panamá, afectadas por la construcción de la represa Chan 75.
En ese marco, Loreto Ferrer integró el equipo de especialistas que tomó parte en una misión de verificación promovida por la Fundación del Consejo General de la Abogacía Española (FCGAE). La labor efectuada sobre el terreno permitió recoger información sobre la situación de las comunidades y preparar un análisis jurídico y técnico acerca de los efectos del proyecto, prestando especial atención a su eventual evolución ante instancias interamericanas de derechos humanos.
La labor de verificación realizada en Panamá
La misión tuvo lugar del 25 al 30 de enero de 2011 y estuvo conformada por abogados con experiencia en derechos humanos. Su propósito consistió en examinar directamente cómo se encontraban las comunidades afectadas por la construcción de la presa y contrastar la información oficial con lo observado en el terreno. Con ese fin, el equipo sostuvo conversaciones con autoridades, representantes de la empresa a cargo del proyecto, organismos internacionales y la Defensoría del Pueblo, tras lo cual se desplazó a Changuinola, en la provincia de Bocas del Toro, para recorrer las áreas impactadas.
Durante la visita, se exploraron comunidades como Charco de la Pava y Valle del Rey, junto con zonas destinadas a reubicación y sectores previamente intervenidos por la obra. El trato cercano con las familias y los líderes comunitarios constituyó un eje fundamental del proceso, ya que brindó la posibilidad de comprender directamente el nivel de tensión, la vulnerabilidad y el desarraigo que muchas personas experimentaban desde el inicio del proyecto.
Aspectos clave del informe relacionado con Chan 75
El análisis se estructuró en cinco ámbitos centrales: el derecho a la consulta y al consentimiento previo, libre e informado; la valoración de riesgos junto con el efecto social del proyecto; la devolución o compensación de tierras; las acciones de reparación; y la implicación de la comunidad en las decisiones y en los beneficios que surgen del desarrollo hidroeléctrico. Estos pilares posibilitaron examinar el caso de manera completa, integrando el marco jurídico nacional e internacional con la realidad constatada en terreno.
Como señaló Loreto Ferrer, el informe tenía la intención de brindar una base jurídica firme y bien sustentada que sirviera de apoyo tanto a las comunidades involucradas como a las entidades responsables. Su objetivo no se reducía a cuestionar el proyecto desde un plano teórico, sino a determinar si las acciones del Estado y de la empresa habían garantizado derechos esenciales de los pueblos indígenas, entre ellos la propiedad colectiva, la participación, la integridad cultural y personal, así como la consulta previa.
Hallazgos clave sobre los derechos de las comunidades Ngöbe Buglé
Entre las conclusiones más destacadas, el informe expone que al inicio no se reconocieron plenamente ciertos derechos, en especial los vinculados a la personalidad jurídica de las comunidades y a la titularidad colectiva de sus territorios. Esa ausencia abrió la puerta a que la obra progresara sin realizar consultas apropiadas ni contar con estudios suficientes sobre las repercusiones sociales y culturales.
También se recopilaron relatos que describían situaciones de intimidación, empleo desmedido de la fuerza, detenciones realizadas sin fundamento y procesos de diálogo que no aseguraban una elección plenamente libre para las familias involucradas. Además, surgieron dificultades en las áreas destinadas a la reubicación, donde se detectaron falencias vinculadas con las dimensiones y la calidad de los terrenos, las oportunidades para la actividad agrícola y la adaptación de las viviendas a la cultura Ngöbe.
Otro aspecto particularmente delicado estuvo relacionado con las repercusiones morales y culturales del desplazamiento. Los documentos del caso evidenciaron un deterioro en la cohesión comunitaria, la desaparición de vínculos con su territorio y una exigencia de reconocimiento público por los daños sufridos, más allá de cualquier compensación material.
El eventual trámite frente a organismos internacionales
Uno de los aspectos centrales de la labor consistía en que el informe pudiera funcionar como base para un posible trámite del caso ante el sistema interamericano de derechos humanos. En esa línea, la recolección de testimonios y la revisión de documentos se volvían fundamentales para respaldar un expediente con alcance internacional. “Resultaba crucial aportar insumos útiles en caso de que la Corte Interamericana decidiera admitir el caso. Por ello reunimos testimonios, detectamos patrones de actuación, examinamos los contratos de reubicación y estudiamos las reformas legislativas más recientes”, señala Loreto Ferrer.
Este tipo de procedimientos requiere una documentación minuciosa, evaluaciones técnicas detalladas y la habilidad de interpretar tanto el entorno local como los estándares internacionales pertinentes. Por ello, más que una acción aislada, el trabajo realizado en terreno junto con la preparación del informe se integra en una dinámica de cooperación internacional sustentada en evidencia, análisis jurídico y la comprensión de realidades sociales complejas.
Un ejemplo específico integrado en una vivencia más extensa
La participación de Loreto Ferrer en esta misión evidencia un ejercicio profesional relacionado con la cooperación internacional, la elaboración de documentación técnica y el estudio de situaciones complejas en América Latina. No solo implica acompañar procesos desde el ámbito jurídico, sino también aportar a que las vivencias de las comunidades se transformen en insumos valiosos para la incidencia institucional y la defensa de sus derechos.
En conjunto, el caso Ngöbe Buglé y el informe acerca de Chan 75 evidencian que los equipos técnicos pueden asumir un papel significativo al evaluar disputas vinculadas con el territorio, los pueblos indígenas, el desarrollo y las instituciones internacionales.


